A- de 2010
Ponente Juan Carlos Henao Pérez
✓Demandante Untion Temporal Centro De Gerenciamiento De Residuos Doña Juana·Demandado Sin Información
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Elementos esenciales para que Corte Constitucional y Salas de Revisión asuman conocimiento
- Revisión de decisiones judiciales relacionadas con derechos constitucionales
- Reglas específicas de competencia
- Competencia en sede de revisión
- Asume revisión de tutelas proferidas por jueces de la jurisdicción constitucional y actúa como instancia de cierre
- Conocimiento de incidentes de cumplimiento
- Procedencia excepcional frente al cumplimiento de sus fallos
- Impone prohibición de actuaciones discriminatorias
- Incidente de cumplimiento de sentencia T-724/03 y auto A268/10 será tramitado ante autoridad de primera instancia
- Cumplimiento de la UAESP de sentencia T-724/03 y autos A268/10 y 298/10 referente a licitación 001/10
- Buscan erradicar desigualdades materiales para que la igualdad formal sea ejercida con las mismas oportunidades y ventajas
- Conocimiento de los jueces o tribunales del lugar donde ocurrió la violación o amenaza que motivo la solicitud
- Competencia del juez de primera instancia
- Se divide en prohibición de discriminaciones directas y veda de discriminaciones indirectas
- Obligación estatal y social de incluir tratos diferentes a favor de grupos o sujetos que no tienen el mismo acceso a beneficios colectivos y se hallan en situaciones desaventajadas
- Vector del Estado Social de Derecho Colombiano
- Derecho, valor y principio del ordenamiento jurídico nacional
- Facetas generales
- Competencia de jueces del circuito
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Mediante el presente auto se realiza seguimiento a las ordenes impartidas en la sentencia T-724/03y en los autos 268 y 298 de 2010, tras la reasunción de competencias mediante auto 326 de 2010.
La Corte decide devolver el expediente al juzgado de primera instancia y declara que en adelante cualquier incidente en torno al cumplimiento de las órdenes impartidas, deberá ser adelantado ante el Juzgado 25 Civil Municipal de Bogotá.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- PRIMERO. DECLARAR el cumplimiento, por parte de la UAESP, de la Sentencia T-724 de 2003 y de los Autos 268 y 298 de 2010 en lo referente a la licitacion publica 001 de 2010.
- SEGUNDO. DECLARAR que, en adelante, cualquier incidente en torno al cumplimiento de los ordenes impartidas en la sentencia T-724 de 2003, asi como del Auto 268 de 2010, debera ser adelantado ante la autoridad judicial de primera instancia que conocio dicha causa, sin perjuicio que - de volver a presentarse, en una nueva licitacion publica, el acaecimiento de las circunstancias que dieron lugar a que esta Corporacion avocara el conocimiento del cumplimiento de la referida sentencia - la ARB, o cualquier otra organizacion de recicladores de
- segundo. nivel, pueda acudir ante esta Corporacion para que salvaguarde sus derechos.
- TERCERO. INFORMAR a ANIR que la Corte Constitucional no es la autoridad judicial competente para conocer de sus pretensiones en primera instancia, tal y como lo disponen los Decretos 2591 de 1991 y 1382 de 2000.
- CUARTO. DEVOLVER al Juzgado 25 Civil Municipal de Bogota el expediente contentivo del incidente de cumplimiento, iniciado por la Corporacion Solidaridad y Trabajo, para lo de su competencia.
- QUINTO. Por Secretaria General de esta Corporacion, NOTIFIQUESE y ENVIESE copia del presente Auto a la UAESP, a los intervinientes y a la solicitante.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.